Comunales
Ordenan al fisco indemnizar a madre y joven baleado y golpeado por carabineros
El Segundo Juzgado Civil de La Serena condenó al fisco a pagar una indemnización total de $23.729.336 por concepto de lucro cesante y daño moral, a joven trabajador que fue detenido ilegalmente, herido a bala y sometido a apremios ilegítimos por efectivos de Carabineros en octubre de 2019, en la comuna de Ovalle.
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El Segundo Juzgado Civil de La Serena condenó al fisco a pagar una indemnización total de $23.729.336 por concepto de lucro cesante y daño moral, a joven trabajador que fue detenido ilegalmente, herido a bala y sometido a apremios ilegítimos por efectivos de Carabineros en octubre de 2019, en la comuna de Ovalle.
En el fallo, la magistrada Ghislaine Landarretche Sotomayor estableció la falta de servicio del fisco y le ordenó pagar, también, una indemnización de $5.000.000 por daño moral, a la madre de la víctima.
La resolución indica que según “lo reconoce el artículo 4° de la Ley 18.575 al disponer que ‘El Estado será responsable por los daños que causen los órganos de la Administración en el ejercicio de sus funciones, sin perjuicio de las responsabilidades que pudieren afectar al funcionario que los hubiere ocasionado’”, sostiene el fallo.
Además agrega que “las circunstancias descritas y suficientemente probadas, dan cuenta de diversos hechos generadores de responsabilidad para el Fisco de Chile por falta de servicio: en primer lugar, soslayando el principio de proporcionalidad que sustenta el actuar de las fuerzas de orden y seguridad, Carabineros de Chile hizo un uso excesivo y desmedido de la fuerza para someter a una persona que, si bien se encontraba en la vía pública en contexto de desórdenes sociales, no representaba un peligro para la integridad del funcionario por estar desarmado al momento de su aprehensión. A pesar de ello, y sin justificación alguna, se le disparó a corta distancia, siendo trasladado a un cuartel policial donde continuaron propinándole golpes y malos tratos, no obstante encontrarse herido y desangrándose”.
Así también, el fallo consigna que “teniendo presente que con posterioridad al 19 de octubre de 2019 el actor no pudo reincorporarse a su trabajo, dejando de percibir las remuneraciones devengadas entre noviembre de 2019 y abril de 2020 –fecha de término del contrato– se hará lugar a lo solicitado en este ítem por la suma de $3.729.336, a razón de $621.556 mensuales; suma que de acuerdo a las liquidaciones de sueldo acompañadas corresponden a la remuneración base imponible”.
En cuanto a la indemnización a la madre de la víctima, el fallo sostiene que “teniendo presente que, no fundó su acción en el hecho ser víctima de apremios ilegítimos, sino en el daño que le provocó el sufrimiento traumático padecido por su hijo en octubre de 2019, evidente es que accionó haciendo valer el daño reflejo o por repercusión por ella experimentado; el que se define como ‘el sufrido por víctimas mediatas de un hecho que ha causado la muerte o lesiones a otra persona’”.
“Así explicitado el asunto, y habiéndose probado el daño moral experimentado, a propósito de los acontecimientos vividos por su hijo, los que afectaron seriamente su bienestar emocional, se hará lugar a la indemnización del daño moral, aunque solo por la suma de $5.000.000 ”, concluye.
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