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Tribunal Oral condena a 10 años y 1 día y a 8 años a autores de homicidio frustrado en Ovalle

Red Comunales

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El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de La Serena condenó hoy –lunes 11 de octubre– a la pena de 10 años y 1 día de presidio a F.J.A.S y a la pena de 8 años a C.A.P.V y L.A.G.P. por el delito frustrado de homicidio calificado. Ilícito perpetrado el 29 de noviembre del 2019 en la comuna de Ovalle.

En fallo unánime (causa rol 27-2021), el tribunal –integrado por las magistradas Victoria Gallardo Labraña (presidenta), Roxana Camus Argaluza (redactora) y Ana Marcela Alfaro Cortés– aplicó, además a los acusados las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para profesiones titulares.

En tanto, los acusados C.A.P.V, L.A.G.P y S.A.R.Y deberán cumplir otra pena de 8 años como co-autores de delito consumado de robo con violencia perpetrado el 22 de noviembre en la comuna de La Serena, más las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para profesiones titulares durante el tiempo de la condena.

En el caso de L.A.G.P se le condena, además, a 5 años y 1 día por dos delitos de porte y posesión ilegal de armas de fuego; 541 días por posesión ilegal de municiones y a 100 días de presidio como autor del delito de conducción de vehículo motorizado utilizando patente correspondiente a otro móvil.

En tanto a F.J.A.S. se le condena a 3 años y 1 día por porte ilegal de armas de fuego y a C.A.P.V. a 541 días por posesión ilegal de municiones y se le absuelve como autor de porte ilegal de armas de fuego. 

Finalmente, el tribunal señala que “de conformidad a lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley 19.970, obténgase muestras biológicas de los  sentenciados para determinar su huella genética, las que  deberán incluirse en el Registro de Condenados del Servicio de Registro Civil, si no se hubiere hecho con anterioridad,  atendido que fueron condenados por delitos referidos en la disposición citada”.

Los Hechos

El tribunal arribó a la convicción, más allá de toda duda razonable, que, con relación al hecho signado con el número 1; esto es, el delito de robo con violencia, les cupo participación, en calidad de autores directos, a los acusados L.A.G.P., C.A.P.V. y S.A.R.Y., quienes aproximadamente a las 9:45 horas del 22 de noviembre de 2019, “con la intención de sustraer especies y a bordo de un vehículo conducido por L.A.G.P., marca Nissan, modelo Versa, color gris, placa patente JLVH-54, pero que ese día utilizaba la de otro vehículo, la placa patente DWFF-16, concurrieron hasta la calle Regimiento Arica N°6069, Departamento N°417, comuna de La Serena, fingiendo ser funcionarios de la Policía de Investigaciones de Chile, vestidos como tales, con trajes tácticos color negro, con sus rostros cubiertos, premunidos de armas que aparentaban ser de fuego, patearon y fracturaron la puerta de ingreso, entrando al interior del domicilio simulando un allanamiento, comenzando los autores a registrar las distintas dependencias”.

En dicho contexto, uno de los falsos policías esposó al dueño de casa, quien se encontraba en su dormitorio, a quien golpeó en el rostro y colocó cinta adhesiva sobre la boca. Momento en que ingresó al domicilio una segunda víctima, la que también fue esposada con amarras plásticas y obligada a arrodillarse en el suelo. Con las víctimas reducidas, los condenados sustrajeron y se apropiaron de la suma de $1.593.000, en dinero en efectivo, y un bolso de propiedad de los ocupantes del inmueble. Especies con las que huyeron del lugar. A la salida del condominio, uno de los agresores apuntó con un elemento que aparentaba ser un arma de fuego, al conserje para facilitar la huida.

El segundo hecho se gestó pasado el mediodía del 29 de noviembre de 2019, cuando en un sector cercano a la ciudad de Ovalle, L.A.G.P. se reunió con la víctima, R.M.R.V., quien se encontraba acompañado de terceros, lugar donde L.A.G.P. fue agredido, por lo que, posteriormente, se comunicó con F.J.A.S. y C.A.P.V., con quienes, en horas de la tarde de ese mismo día, “actuando conjuntamente, previa planificación y con la intención de matar a R.M.R.V.”, comenzaron a buscarlo en la comuna de Ovalle, a bordo del automóvil Nissan, modelo Versa, patente JLVH-54 y, finalmente en horas de la noche, en el sector de la calle Alberto Blest Gana con Marcos Macuada, comuna de Ovalle, L.A.G.P. y F.J.A.S., sin contar con la autorización competente, premunidos de a lo menos una pistola 9 milímetros y una escopeta calibre 20, dispararon varias veces en contra de R.M.R.V., provocándole una “fractura expuesta de codo derecho por arma de fuego, trauma de cadera derecha por perdigones, fractura de talo de pie derecho, sin salida de proyectil, que causaron la pérdida funcional de miembro superior derecho de carácter permanente, perturbación funcional de sistema de la locomoción de carácter a determinar, deformidad física que afectó el cuerpo de carácter permanente, heridas de tipo mortales por complicaciones de las mismas de no haber mediado socorro oportuno y eficaz”.

En tanto, el 6 de marzo de 2020, a las 07:38 horas aproximadamente, en virtud de una autorización de entrada y registro decretada por el Juzgado de Garantía de La Serena, funcionarios de la Policía de Investigaciones ingresaron al domicilio de C.A.P.V., ubicado en la población Ariztía de Ovalle, inmueble donde “mantenía y poseía, en su dormitorio, específicamente en un velador, la cantidad de 04 cartuchos de escopeta calibre .20; aptos para ser percutidos, sin contar con la autorización competente para su tenencia; en su cama, mantenía un aparato celular marca Samsung, color negro N°940863312, el que se encontraba interceptado telefónicamente por autorización judicial; en el suelo de esa misma habitación, al interior de una bolsa, dos pantalones de color negro de tipo tácticos, una polera de color negro, dos fundas de pistola color negro y dos porta pulseras de seguridad color negro, elementos que utilizaba para cometer delitos simulando pertenecer a la Policía de Investigaciones”.

Asimismo, al interior del vehículo estacionado en el inmueble, un automóvil BMW, modelo 116, utilizado por C.A.P.V. y en el cual mantenía un teléfono celular marca Samsung y una funda de pistola color negro, por lo que se procedió a su detención.

Simultáneamente, funcionarios de la Policía de Investigaciones hicieron ingreso al domicilio donde residía L.A.G.P., ubicado en el sector de Villaseca, comuna de Ovalle, donde lo sorprendieron manteniendo y poseyendo, sin contar con las autorizaciones competentes, “una escopeta doble cañón, marca IZH BAIKAL, calibre 20, la que se encuentra apta como arma de fuego y que además almacenaba dos cartuchos de escopeta calibre 20”. En tanto, en un cajón de la cocina, la policía encontró “ocho cartuchos de escopeta, cinco de ellos calibre 20 y tres calibre 12. Debajo de la cama mantenía otro cartucho de escopeta calibre 20, y en un velador mantenía dos cartuchos de escopeta calibre 20”; y en un closet, “un casco color negro, con una leyenda color amarillo ‘PDI’, el que corresponde a una réplica de los utilizados por la Policía de Investigaciones”.

En el patio del inmueble, al interior de una camioneta marca Dodge, modelo Ram, estaban “dos cascos de plástico sin leyenda, similares a los utilizados por la Policía de Investigaciones; dos chalecos tácticos, uno de ellos con la bandera de Chile, además de un pantalón táctico color negro, dos pares de botas negras y un par de guantes tácticos color negro, todos elementos utilizados para cometer delitos simulando pertenecer a la Policía de Investigaciones de Chile y un banano con dos cartuchos de escopeta calibre 12.

Finalmente, en el mismo domicilio, además se encontró una baliza color negro; al interior del vehículo Nissan Versa patente JLVH-54, un cartucho de pistola 9 mm sin percutir y una vainilla de un proyectil percutido, calibre 9mm; y un arma tipo pistola de apariencia de fuego, que mantenía 5 cartuchos a fogueo y sobre la cama del acusado dos teléfonos celulares, uno marca Huawei, y otra marca Samsung, éste último con un chip correspondiente al N°971925521, el que se encontraba interceptado telefónicamente por autorización judicial”.

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